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Nuevo Modelo 232. Obligación de informar las operaciones vinculadas

El pasado 30 de agosto se publico en el BOE la Orden HFP/816/2017, por la que se aprueba el nuevo Modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas. Durante todo el mes de noviembre de 2017, las sociedades que cerraron el ejercicio en fecha 31/12/2016 deberán presentar el Modelo 232.

Respecto a las operaciones vinculadas, recordamos que:

nuevo modelo 232

En este nuevo Modelo 232, se recoge la obligación de informar aquellas operaciones vinculadas o relacionadas con paraísos fiscales.

Esta obligación de información es independiente y distinta de la obligación de documentar las operaciones vinculadas. (Existen límites de exención o simplificación en la documentación soporte). El Modelo 232 no es válido como documentación soporte de las operaciones vinculadas ni de su valoración.

¿ Quien tiene la condición de persona vinculada? Sin ser excluyentes, entre las personas o entidades vinculadas se encuentran:

  • Una entidad y sus socios o partícipes
  • Una entidad y sus consejeros o administradores
  • Dos entidades que pertenezcan al mismo grupo
  • […] Art. 18.2 LIS

¿Si he realizado operaciones entre personas vinculadas, tengo que declararlas en el Modelo 232? Las operaciones a incluir en el Modelo 232 serían (destacamos las más habituales)

    • Operaciones realizadas cuya contraprestación supere los 250.000 euros
    • Operaciones específicas que superen los 100.000 euros [realizadas con socios en módulos, transmisiones de negocios, transmisiones de participaciones no negociadas, transmisiones de inmuebles, transmisiones de activos intangibles

Y destacamos entre las operaciones a declarar:

  • Las operaciones con la misma persona vinculada que superen el 50% de la cifra de negocios de la entidad. (Esta novedad afecta considerablemente a las sociedades interpuestas por sus socios profesionales).

A considerar:

  • No se deberán declarar aquellas operaciones entre sociedades que forman parte de un grupo de consolidación fiscal
  • Su presentación es obligatoria por trámites telemáticas

El Departamento tributario del despacho, esta a tu entera disposición para aclarar cualquier duda respecto la determinación de la obligación y forma de presentar el Modelo 232

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