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Planes de pensiones

Desde Valero San Roman, somos conscientes que durante estos meses que restan del 2018, recibirás información sobre numerosas campañas comerciales para la nueva contratación, traspasos o bien aportación a planes de pensiones.

No es intención de esta nota informativa describirte los aspectos financieros de los diferentes tipos de planes de pensiones, ya que dicha situación dependerá del perfil riesgo-edad del partícipe, pero si entendemos necesario, adelantarte una serie de cuestiones que tendrán incidencia en la optimización de tu carga impositiva en el IRPF (Renta) del ejercicio 2018.

¿Cómo afecta la aportación a un plan de pensiones en el IRPF?

Debes conocer, que las aportaciones máximas que puedes realizar al plan de pensiones son 8.000 euros, siempre que no supere el límite de hasta el 30% de tus rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del año anterior.

Las cantidades aportadas anualmente al plan de pensiones PUEDEN ser desgravadas en el IRPF, reduciendo la base imponible y ofreciendo por tanto un importante ahorro fiscal.

Cuanto más elevados sean tus ingresos no exentos, mayor será tu ahorro impositivo.

¿Y qué sucede en el rescate?

A la hora de rescatar el plan de pensiones, tributará en su totalidad en el IRPF como rendimiento del trabajo, independientemente de la contingencia que genere el derecho al rescate.

Existe una reducción del 40% al importe a integrar en la base imponible como rentas del trabajo si se percibe en forma de capital y procede de aportaciones realizadas al Plan de Pensiones previamente a 2007.

Supongamos que corresponde a aportaciones previas a 2007, percibir una cantidad de 1.000 euros en el momento del rescate. Si se percibiera en forma de capital, solo se incluiría en la base imponible la cantidad de 600 euros.

Supongamos ahora que corresponde a aportaciones posteriores a 2007, percibir una cantidad de 1.000 euros. Si se percibiera en forma de capital, se incluiría en la base imponible la cantidad de 1.000 euros.

Considera que según lo anterior, las aportaciones realizadas en 2018, que reducirán la base imponible en 2018, aunque se rescaten en forma de capital en el futuro, se integrarán por la totalidad, sin aplicar reducción del 40%.

¿Me puede interesar aportar a un plan de pensiones y rescatarlo en forma de renta?

plan de pensiones mujer

En general, interesará cobrar el rescate de estas aportaciones en forma de rentas, porque los rendimientos obtenidos (tanto por la pensión pública como por la privada u otros ingresos) en el momento de la jubilación serán menores que los rendimientos actuales, tributando a tipos marginales inferiores a los que se deducen las aportaciones actualmente.

Sin embargo, el cobro en un solo pago o mixto, puede ser conveniente en el caso, de que gran parte de las aportaciones realizadas al plan de pensiones se hayan efectuado antes de 2007 ya que tendrán una reducción del 40%.

¿Es posible recuperar tu dinero antes de la jubilación?

Sí, la ley 26/2014 permite rescatar las aportaciones a planes de pensiones que tengan 10 años de antigüedad a contar desde 2015. Supongamos que has realizado aportaciones al plan de pensiones en 2015, podrías rescatar a partir de 2025 lo aportado en 2015, en 2026 lo aportado en 2016 y así sucesivamente.

Además, hay determinados supuestos en los que también puedes recuperar la inversión realizada antes de la jubilación: en casos de desempleo, incapacidad, dependencia o enfermedad grave, entre otros.

El departamento tributario de Valero & San Román, se pone a tu disposición para analizar individualmente la conveniencia o no de que aportes a un plan de pensiones, desde el punto de vista de optimización de la carga tributaria.

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