¿Compró su coche entre febrero de 2006 y agosto 2013? Puede reclamar daños y perjuicios
El pasado 5 de octubre de 2021 la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictó Sentencia núm. 1.205/2021 por la que ha confirmado la sanción impuesta a compañías de automóviles por su participación en un cártel de intercambio de información confidencial.
Por tanto, si Ud. adquirió un coche, por compra, leasing o renting, de las siguientes marcas entre febrero de 2006 y agosto 2013, puede reclamar daños y perjuicios que oscilará entre el 5% y el 10% del precio de compra abonado.
CITROEN BMW DODGE ALFA FORD MAZDA PEUGEOT SEAT VOLKSWAGEN VOLVO |
KIA CHEVROLET CHRYSLER LANCIA HONDA MERCEDES PORSCHE TOYOTA AUDI |
MITSUBISHI JEEP FIAT OPEL HYUNDAI NISSAN RENAULT LEXUS SKODA |
Fecha límite
Hay una fecha límite para reclamar, siendo el plazo de prescripción de un año desde la sentencia del Tribunal Supremo que es del 5 de octubre de 2021.
Reclamación
Ya sea autónomo o empresa, no se quede sin reclamar el sobrecoste sufrido. Contacta con nosotros en los teléfonos 917.373.620 y 965.985.451 o por email a info@valerosanroman.com y le ayudaremos a reclamar su indemnización.
Como siempre, quedamos a su disposición para analizar la mejor forma de proteger sus intereses y negocio.
Dpto. de Litigación.
Valero San Román
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