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¿Compró su coche entre febrero de 2006 y agosto 2013? Puede reclamar daños y perjuicios

El pasado 5 de octubre de 2021 la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictó Sentencia núm. 1.205/2021 por la que ha confirmado la sanción impuesta a compañías de automóviles por su participación en un cártel de intercambio de información confidencial.

Por tanto, si Ud. adquirió un coche, por compra, leasing o renting, de las siguientes marcas entre febrero de 2006 y agosto 2013, puede reclamar daños y perjuicios que oscilará entre el 5% y el 10% del precio de compra abonado.

CITROEN
BMW
DODGE
ALFA
FORD
MAZDA
PEUGEOT
SEAT
VOLKSWAGEN
VOLVO
KIA
CHEVROLET
CHRYSLER
LANCIA
HONDA
MERCEDES
PORSCHE
TOYOTA
AUDI
MITSUBISHI
JEEP
FIAT
OPEL
HYUNDAI
NISSAN
RENAULT
LEXUS
SKODA
Fecha límite

Hay una fecha límite para reclamar, siendo el plazo de prescripción de un año desde la sentencia del Tribunal Supremo que es del 5 de octubre de 2021.

Reclamación

Ya sea autónomo o empresa, no se quede sin reclamar el sobrecoste sufrido. Contacta con nosotros en los teléfonos 917.373.620 y 965.985.451 o por email a info@valerosanroman.com y le ayudaremos a reclamar su indemnización.

Como siempre, quedamos a su disposición para analizar la mejor forma de proteger sus intereses y negocio.

Dpto. de Litigación.

Valero San Román

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