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¿Es Ud. titular de una tarjeta de crédito REVOLVING?

Las tarjetas “revolving” son tarjetas de crédito en las que se dispone de un límite de crédito determinado que puede devolverse a plazos, normalmente con una cuota fija al mes. Se caracterizan porque la deuda derivada del crédito se renueva mensualmente, y parece que nunca termina de abonarse.

Si tiene una tarjeta Revolving le interesa saber…

Si Ud. es consumidor una persona física y titular de una tarjeta de estas características que puede ser denominada “revolving”, “tarjeta de pago aplazado con cuota fija” o “tarjeta de periodicidad anual inamovible” o contener otra denominación de tarjeta.

Usted puede reclamar a la entidad bancaria la nulidad del contrato de la tarjeta de crédito por existir un interés remuneratorio usurario.

La entidad se verá obligada a devolver la cantidad que exceda del total del capital prestado teniendo en cuenta todas las cantidades abonadas por el titular de la tarjeta (intereses y comisiones).

A partir de la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 149/2020 de 4 marzo de 2020 se condena a la entidad financiera al haber estipulado unos intereses usurarios de más de 27%, frente a la media en este tipo de operaciones que era del 20%, por tanto, las reclamaciones quedan totalmente garantizadas ya que el Tribunal Supremo ha sentado Jurisprudencia.

Si quiere consultar si su tarjeta es de las llamadas tarjetas“revolving” y comprobar si tiene derecho a reclamar por los intereses y comisiones, puede concertar una llamada gratuita al 965 985 451 y le atenderemos sin compromiso.

El equipo de Mercantil y Societario de VSR, ofrece la asesoría necesaria para reformar los estatutos sociales con el fin de incorporar la posibilidad de la asistencia y celebración de juntas telemáticas mediante la aplicación de nuevas tecnologías, así como brindar el acompañamiento necesario durante la celebración de las mismas.

Valero San Román

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